En la madrugada del 7 de marzo, la DGT confirmo que reajusto la velocidad a la que saltan los radares fijos, en vías limitadas a 110 km/h, para que salten a partir de 116 km/h. Teniendo en cuenta el margen de error legal de los radares fijos (un 5%), esto supone que pueden saltar entre 111 y 121 km/h reales.
Lo que entiendo con esto es que cuando te hacen la foto, lo que cuenta es la velocidad que marca el Radar “dentro del margen de error del Radar”.
Es decir, si salta a 130 quiere decir que el infractor circulaba de 123 a 136 Km/h.
Hasta ahí todo bien, 100 Euros y arreglado. Pero si salta a 140 ¿Qué sucede? A 140 estas en la escala de los 100 Euros y a 141 pasa a ser de 300 €. Pues bien, según parece si el Radar salta a 140, determina que la velocidad a la que vas está entre los 133 y los 147 Km/h por lo que tienen total impunidad para ponerte la sanción máxima de 300 € pues estás en su margen de error, el máximo, barriendo para casa.
Los Radares móviles tienen un margen de error del 7 % lo cual agrava lo que acabo de exponer. Si te pillan a 132 estas jodido, tu velocidad está entre los 125 y los 141.
Rin Rin Caja.
No encuentro una información veraz que confirme o corrija esto.
Juanjo
21 de Mayo de 2.010
Cuidado, nos acechan http://img62.imageshack.us/img62/5528/queriaverteok.jpg
21 de Mayo de 2.010
Cuidado, nos acechan http://img62.imageshack.us/img62/5528/queriaverteok.jpg