Bueno, yo voy a dar mi punto de vista tras la larga experiencia que tengo en este mundo de vehículos, no solo Citroën, sino en global.
Cuando fuiste a comprar el coche, sabes que adquieres un vehículo de segunda mano, indistintamente de la procedencia, que según el concesionario, es directamente dependiente de Citroën España, ¿no?
Tu vas, ves el coche, le pruebas, y te lo llevas, tal y como le viste y al precio acordado.
Sabes que es un coche que está matriculado desde el año 2009, y que salvo que rodase, estuvo parado, con la consiguiente carga de peso.
Supuestos (Son los pensamientos que pueden ocurrir eh? no defiendo nada!):
NEUMÁTICOS DEFORMADOS:
A: Al estar parado, te venden el coche como está, contrato normal y coherente en compra-venta. En vehículo nuevo, a matricular, esto no ocurriría y lógicamente sería reclamable. El comprador acepta que las piezas de desgaste no tienen garantía.
B: Te lo entregaron con neumáticos correctos, pero hiciste un uso no correcto de los mismos, como conducción deportiva en zona de asfalto deforme, y se deformaron. La Marca duda que este daño pueda salir de origen, pues es responsabilidad del compra-venta y el comprador en trámite de adquisición.
C: Existiendo esta deformación, el problema se presentaría en menos de 1.000KM, entendiéndose que en 28.000km, los neumáticos pueden sufrir deformaciones de todo tipo al casi alcanzar el fin de su vida útil, totalmente distintos de las deformaciones de origen o calidad de marca.
TREN TRASERO:
A: Adquieres un vehículo con un daño trasero, pero no lo sabes. El comercial, por histórico ve que no tiene ningún daño y así lo comunica. El cliente acepta la compra-venta.
B: La zona pintada puede identificar el golpe, y el supuesto daño, pero en el histórico no aparece. El daño no es identificable.
C: El conductor y comprador, días después, da un golpe fuerte contra una acera, sustituye la llanta, y ahora solicita que la Marca se haga cargo de la reparación.
A lo que quiero llegar...
El coche, me imagino que lo compró este concesionario a Citroën, sea vehículo de flota, prensa etc etc. El concesionario se encarga de venderlo de X manera, y el tiene que dejarlo correctamente.
El daño que comentas, puede no ser ocasionado por Citroën, sino por el concesionario, que debería de repararle, optimizarlo etc etc.
Ante esto nos encontramos:
1- El coche fue de Citroën, si.
2- El coche fue vendido a este concesionario.
3- El coche tiene neumáticos deformados con 28.000Km, pero el problema no es de Citroën, sino del concesionario.
4- El coche presenta un daño en el eje. Citroën NO realiza la venta. El concesionario le vende.
Pasamos a...
1- Para Citroën el coche tiene varios años, y 28.000Km. Si el neumático estuviese deformado, aparecería antes de la revisión de los 2.500km existente en ese año, y se sustituiría gratuitamente.
2- 28.000Km y una reparación después, no realizada en Citroën, el coche tiene un desalineamiento, del cual reclaman coste de reparación. Citroën entenderá que ese daño se sufrió en el concesionario o en manos del propietario. En cualquier caso, es difícil de demostrar.
¿Qué quiero decir?
Reclama al concesionario, que es el que te vendió el coche. Citroën no te vendió nada, aunque el coche fuese suyo. Quien te tiene que arreglar el coche, es el mediador.
Te puse estos ejemplos para que vieses puntos de vista. No defiendo ni una cosa ni la otra, simplemente quiero que veas lo que pueden pensar, ¿ok?
Salu2!
Citroën C5 II VTR 1.6 HDi • Citroën C5 X7 Tourer Exclusive 3.0 HDi V6 24v 240cv • Citroën C6 Exclusive 3.0 HDi V6 24v 241cv
Detail: Chemical Guys JetSeal + Chemical Guys Black Glow Infusion | Lubricantes: Xenum VX 5w30 | Neumáticos: Michelin Primacy 3